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Monday, September 8, 2014

Comunidades de Santa Rosa y Jalapa lanzan campaña contra la expansión de Tahoe Resources


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Comunicado de Prensa: Comunidades Organizadas en Defensa del Territorio y la Naturaleza de Santa Rosa y Jalapa

Valla anti-minera ubicada en Mataquescuintla, Jalapa. Photo NISGUA

Desde el año 2012 a la fecha, en nuestros municipios se han realizado Consultas Municipales a Solicitud de Vecinos, en las cuales más de 53 mil vecinas y vecinos, todos ciudadanos en legitimo ejercicio de nuestros derechos ciudadanos, hemos manifestado de manera legal, que NO ESTAMOS DE ACUERDO, con la actividad de minería química de metales, en ninguna parte de nuestro territorio. Estas consultas han sido declaradas constitucionalmente legales y vinculantes a nivel municipal, según resoluciones de la Corte de Constitucionalidad.

A pesar del claro rechazo a la minería química de metales en nuestro territorio, en complicidad con el Gobierno la Empresa Minera San Rafael, continúa con acciones enfocadas en entrar en nuestros municipios de manera solapada, a sabiendas que lo único que logran con ello es generar alta conflictividad y alteración de la paz social y la tranquilidad comunitaria. Una prueba clara de ello, es el otorgamiento de la licencias de exploración denominadas Juan Bosco y Andrés a penas en el primer cuatrimestre del 2,012 que afectan municipios de Santa Rosa, Jalapa y de Guatemala. Actualmente a pesar de la evidente oposición de nuestras comunidades el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales ha puesto ya a la vista el estudio de impacto ambiental 2014-EAI-4413 PROYECTO DE EXPLOTACION MINERA JUAN BOSCO LEXR-089-08, lo cual es un irrespeto a la clara voluntad del pueblo.

Según la presentación e información brindada a sus accionistas el pasado mes de junio, en Vancouver, Canadá Tahoe Resources Inc. Dueña de Minera San Rafael, S.A. pretenden explotar en nuestro territorio al menos 12 vetas de minerales, tales como oro, plata, zinc, etc. En un área de 2,498 kilómetros cuadrados a través de varias licencias, que ya han obtenido y otras que aun se encuentran en trámite, sin embargo venden a inversionistas este proyecto como si ya hubieran obtenido las tierras, argumentando que actualmente hay un gobierno pro-minero y que en Guatemala se paga una bajísima tasa de impuestos convirtiéndose en un negocio redondo, para ellos.

Ante esta grave situación, las comunidades que a través de la Consultas Municipales a solicitud de Vecinos y Consultas de Buena fé, hemos manifestado que no queremos minería química de metales en nuestros territorios, estamos hoy lanzando una campaña que busca dejar claro tanto a este Gobierno entreguista y pro-minero, como a las empresas mineras y sus accionistas que nuestra tierra no está en venta, que tenemos un modelo de desarrollo amigable con el ambiente y la madre tierra, que para nosotros el agua y la vida vale más, mucho más que la plata y el oro.

Por ello a lo largo de más de 100 kilómetros de carretera hemos colocado vallas en nuestros municipios, para que quienes entren en nuestros territorios, sepan que más del 98% de los vecinos no queremos minería química de metales y estamos en una constante resistencia pacífica en contra de estos proyectos.

Guatemala agosto de 2,014.

Wednesday, October 23, 2013

Comunicado: Amnistía no es aplicable a delitos de genocidio y delitos de lesa humanidad

El día de hoy, la Prensa Libre publicó un articulo declarando que "Ríos Montt se acerca a amnistía, según Corte de Constitucionalidad". El Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos responde a la nota de prensa con el siguiente comunicado.
AMNISTÍA NO ES APLICABLE A DELITOS DE GENOCIDIO Y
  DELITOS DE LESA HUMANIDAD

La publicación de una nota de prensa en un medio de comunicación escrito, respecto a una supuesta resolución de la Corte de Constitucionalidad, nuevamente sorprende al pueblo de Guatemala, por ser un intento de justificar una posible amnistía para José Efraín Ríos Montt, quien ya fue condenado por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad que NO SON AMNISTIABLES.

El Artículo 8 de la Ley de Reconciliación Nacional de 1996 en la cual se prevé la amnistía respecto de delitos políticos cometidos durante el conflicto armado interno, limita el alcance de la amnistía de la siguiente manera: “La extinción de la responsabilidad penal a que se refiere esta ley, no será aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada, así como aquellos delitos que sean imprescriptibles o que no admitan la extinción de responsabilidad penal, de conformidad con el derecho interno o los tratados internacionales ratificados por Guatemala”.

La Constitución Política y las obligaciones que derivan del derecho internacional indican que son inadmisibles y no pueden quedar en la impunidad los hechos cometidos en violación al derecho internacional de los derechos humanos y el derecho humanitario.

El Estado de Guatemala ha sido condenado internacionalmente por no investigar, juzgar y sancionar a las personas que hubieren cometido actos de tortura, ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada, violación sexual y otras graves violaciones al derecho internacional humanitario y de los derechos humanos.

Por lo que en ningún caso las conductas cometidas por las personas acusadas por delitos de Genocidio, Tortura, Violación Sexual, Desaparición Forzada y Delitos contra Deberes de Humanidad cometidos durante el conflicto armado interno pueden ser objeto de la aplicación de amnistía, prescripción o extinción de la responsabilidad penal

Según Prensa Libre, la supuesta resolución ordena a la Jueza de Mayor Riesgo “A”, FUNDAMENTAR lo relativo al decreto 8-86, aspecto sobre el cual la Jueza Carol Patricia ya se pronunció en el caso contra Héctor Mario López Fuentes, argumentando que: “si bien se demostró la existencia del decreto ley 8-86… no se debe olvidar que el contenido del artículo 46 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en cuanto que se establece el principio general de que en materia de derechos humanos los tratados y convenciones aceptados y ratificados por Guatemala, tienen preeminencia sobre el derecho interno… los tipos de delitos por los que se ligó a proceso a los sindicados, son perseguidos universalmente.”

Ni las víctimas ni los querellantes del caso han sido notificados de dicha resolución, por lo que es extraño e inexplicable que la Corte de Constitucionalidad de a conocer resoluciones exclusivamente a un medio y no a las partes interesadas, al resto de medios y al pueblo de Guatemala en general.

Consideramos que puede haber una interpretación errónea de la información, que produce efectos nefastos al sistema de justicia,  ya que el mismo secretario de la Corte de Constitucionalidad, el día de hoy en declaración pública a  la radiodifusora  Emisoras Unidas, aclaró que la CC no está aplicando amnistía, sino que se le pide a la Jueza de Mayor Riesgo A que fundamente respecto al decreto 8-86.

Pedimos a la Comunidad Internacional observar el cumplimiento de las obligaciones internacionales que tiene el Estado en materia de derechos humanos y derecho humanitario para que los actos de barbarie cometidos en contra de la población civil no combatiente no sean amnistiados.

A la sociedad guatemalteca solicitamos estar alertas con las posibles maniobras de la CC. Asimismo, promover que todas las personas sean juzgadas de forma pronta y cumplida con apego y respeto a lo establecido en la Constitución Política de la República y el derecho internacional para que los hechos delictivos de cualquier naturaleza no queden impunes.

Solicitamos al Procurador de los Derechos Humanos observar las actuaciones de la Corte de Constitucionalidad para que se garantice el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado en materia de Derechos Humanos.

Las víctimas del genocidio y el pueblo de Guatemala nos preguntamos ¿Si esta información responde a intereses y estructuras que han manifestado públicamente su intención de que los casos queden en la impunidad? La manera en que la CC ha venido resolviendo en torno al caso por genocidio contra Ríos Montt, ha dejado en evidencia que existen magistrados que siguen allanando el camino a la impunidad.

YA SE PROBÓ, SÍ HUBO GENOCIDIO
ACALLEMOS LAS VOCES DE LA IMPUNIDAD


¡Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos!
Guatemala, 23 de octubre 2013.

Tuesday, October 1, 2013

Comunicado denunciando agresiones en el Norte de Huehuetenango

A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL EXPRESAMOS:

La agresión actual a los pueblos Q’anjob’al, Akateko, Chuj y mestizo de la Región Norte del departamento de Huehuetenango, de parte del Presidente y comandante en Jefe del Ejército Nacional, General Otto Fernando Pérez Molina, quien en conferencia de prensa resaltó la importancia rica de los recursos hídricos, minerales, petrolero y forestales. Estas agresiones, son parte del nuevo proceso de invasión transnacional tutelado por los gobiernos que se turnan en el poder e implantan proyectos de saqueo en nombre de un Falso Desarrollo. Estas acciones, se enmarcan dentro de una estrategia de carácter contrainsurgente que hacen recordar y revivir el conflicto armado interno de los años ochenta, donde los militares orquestaban planes de agresión y violentaban derechos humanos fundamentales de la sociedad civil; los días 28, 29 y 30 de septiembre del presente año, han usado helicópteros a vuelo rasante, vehículos artillados, tropas del ejército y elementos de fuerzas especiales de la Policía Nacional Civil, para aterrorizar a la población. Toda la estrategia de invasión ha utilizado desproporcionadamente a los elementos policiales y militares con características de estado de Guerra, en la cual se ha ocasionado la muerte de ciudadanos y varios heridos; ésta, es una responsabilidad imperdonable del Estado. Estas conductas represivas y terroristas, pretenden paralizar las luchas pacíficas y legítimas en defensa del territorio de los pueblos. Las licencias han sido otorgadas a las empresas en territorios donde existimos, vivimos y que hemos cuidado por miles de años.y no permitiremos que nos destruyan.

POR LO TANTO: Hacemos un llamado a la comunidad nacional e internacional para que se pronuncie y se solidarice con los pueblos que conviven en Guatemala. Mantendremos una vigilancia y observancia permanente de los derechos humanos y derechos colectivos de los pueblos, porque los ataques continúan en contra de la población civil de Barillas.

EXIGIMOS:
1. Al Gobierno y sus Ministros que respeten los derechos humanos y colectivos de los pueblos así como dejar de mentir y confundir a la comunidad nacional e internacional.
2. El retiro de todas las tropas del ejército y fuerzas especiales de la PNC del Norte de Huehuetenango, garantizando la protección de los derechos humanos y no al servicio de las empresas transnacionales.
3. La cancelación de las licencias mineras, hidroeléctricas, petroleras y otros mega-proyectos otorgados en el departamento, que son las causas del socavamiento de la paz y la libertad de los pueblos.
4. El respeto a las consultas comunitarias expresadas desde el año 2,006 hasta la fecha.

LOS PUEBLOS Q'ANJOB'AL, CHUJ, AKATEKO Y MESTIZO HAN CUIDADO HISTORICAMENTE EL TERRITORIO PARA QUE TODOS Y LAS FUTURAS GENERACIONES. LOS PUEBLOS SOLO QUEREMOS QUE NOS TRATEN COMO PERSONAS Y QUE NOS DEJEN VIVIR EN PAZ Y EN ARMONÍA CON LA MADRE NATURALEZA.

ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DE LOS PUEBLOS DE HUEHUETENANGO ADH. MIEMBROS DEL CONSEJO DE LOS PUEBLOS DE OCCIDENTE, CPO.

Huehuetenango, 30 de Septiembre del año 2,013.

Wednesday, September 4, 2013

Organizaciones indígenas guatemaltecas denuncian al estado por la ley minera ante la CIDH

Fuente: Consejo del Pueblo Maya de Occidente (CPO) – Red en Solidaridad con el Pueblo de Guatemala (NISGUA) – Alerta Minera Canadá – Centro para el Derecho Ambiental Internacional (CIEL)



(Ciudad de Guatemala/Ottawa/Washington) Martes, el Consejo del Pueblo Maya de Occidente (CPO) de Guatemala presentó una demanda ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), alegando que se aprobó la ley minera sin consulta previa tal como se requiere bajo la ley nacional e internacional. El CPO recurre a la CIDH debido a que ha agotado todos los canales disponibles a nivel nacional para poner alto a las violaciones resultando a raíz de la actual ley minera.

El CPO cuestionó la constitucionalidad de la ley minera de 1997 por primera vez en una demanda interpuesta ante la Corte de Constitucionalidad de Guatemala en julio de 2012. Sin embargo, en marzo de 2013, la Corte de Constitucionalidad falló a favor de la vigencia de la ley minera, contraviniendo las obligaciones legales que tiene Guatemala de consultar la población indígena antes de aprobar políticas que podrían afectar sus territorios de forma significativa.

“Creemos que la decisión de la Corte de Constitucionalidad es ilegal y contradictoria, dado que la misma corte decretó en 2011 que la consulta es un derecho constitucional de los pueblos indígenas de Guatemala. La ley de minería no fue consultado con los pueblos indígenas a pesar que es una medida legislativa susceptible de afectar nuestra forma de vida y que el estado de Guatemala se comprometió de cumplir al ratificar instrumentos internacional de derechos colectivos de pueblos indígenas como el convenio 169”, dijo Lucia Xiloj, abogada y miembro del equipo legal del CPO.


Con más de 360 licencias otorgadas y más de 600 pendientes, el sector minero en Guatemala ha dado lugar al aumento del conflicto y la violencia en diversas partes del país. Al raíz de estos conflictos está la falta de respeto para el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades afectadas por los proyectos y las políticas mineras.

Desde 2005, casi un millón de personas han votado en contra de la minería en sus territorios en 78 consultas comunitarias realizadas en el país. Además, una encuesta libre publicada en enero de 2013 demostró que 66% de guatemaltecos rechazan la actividad minera. Sin embargo, ni el gobierno ni las empresas mineras han respetado las decisiones comunitarias; al contrario, se ha intensificado la represión contra quienes se oponen a la minería.

“El conflicto, que tiene a su raíz la violación del derecho a la consulta, ha resultado en ataques violentos y muertos, y la criminalización y persecución de líderes comunitarios”,  dijo Lolita Chávez, miembro del CPO y firmante de la denuncia ante la CIDH.



Bajo el Acuerdo Sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas en los Acuerdos de Paz de Guatemala, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, Guatemala está obligada a respetar el derecho de los pueblos indígenas al consentimiento libre, previo e informado sobre cualquier proyecto que podría impactarles de una forma adversa, y de consultarlos antes de aprobar leyes o iniciativas administrativas que afectarían sus derechos. 

“Una respuesta favorable de la Comisión Interamericana a este caso es de gran importancia, dado que la actual ley minera ha permitido que empresas mineras, de los Estados Unidos y Canadá en particular, explotan los territorios indígenas con una falta de consideración total para la toma de decisiones de los pueblos indígenas sobre sus territorios y recursos naturales”, dijo Kris Genovese, abogada del Centro para el Derecho Ambiental Internacional en Washington D.C.

El Consejo del Pueblo Maya del Occidente es una coalición de autoridades indígenas e instituciones de siete departamentos de Guatemala. La denuncia puesto ante la CIDH tiene 32 firmantes en representación de 8 pueblos indígenas que conforman el Consejo del Pueblo Maya del Occidente. Cada firmante fue elegido durante asambleas comunitarias llevado a cabo antes de sentar la denuncia.

Contactos
Ellen Moore, NISGUA, ellen(at)nisgua.org, (510) 868-0612
Jen Moore, MiningWatch Canada, jen(at)miningwatch.ca, (613) 569-3439
Amanda Kistler, Centro para el Derecho Ambiental Internacional, akistler(at)ciel.org, (202) 742-5832

Antecedentes

En mayo, se mandó el ejército a las comunidades indígenas y no-indígenas por el proyecto Escobal de Tahoe Resources, un proyecto minero de plata al sur de la Ciudad de Guatemala, después de un aumento en la violencia en la zona, lo que incluyó el disparar por parte del equipo de seguridad de la mina en contra de un grupo manifestando de forma pacífica en frente del proyecto. El gerente de seguridad de la empresa y su asesor están actualmente enjuiciados y esperando una audiencia sobre su presunto involucramiento en ordenar y después encubrir evidencia sobre el ataque.

Tahoe Resources es un empresa estrechamente relacionado a la Goldcorp, la cual vendió el proyecto Escobal a Tahoe en 2010 y que actualmente posee 40% de sus acciones y con múltiples puestos en su junta directiva. La mina Marlin de Goldcorp en el noroeste de Guatemala ha sido una fuente de tensiones continuas por falta de respeto a los derechos y las tierras indígenas, y por impactos sobre las fuentes de agua y la salud pública.

Durante casi un año y medio, los pobladores en La Puya, inmediatamente al norte de la Ciudad de Guatemala, han sostenido un bloqueo pacífico en la entrada del proyecto minero Tambor. Este proyecto se encuentra actualmente en manos de Kappes Cassidy & Associates, que adquirió el proyecto de Radius Gold, con sede en Vancouver, en agosto de 2012, después del atento contra de Yolanda Oquelí. Quienes se oponen al proyecto han sufrido amenazas repetidas por parte de los empleados de la empresa durante los últimos diez meses, a pesar de haber entrado en un diálogo de alto nivel con el gobierno en junio.

En agosto, Derechos en Acción reportó que un grupo de mujeres en la municipalidad de El Estor están enfrentando intimidación y hostigamiento por su participación en llevar tres demandas en contra de Hudbay Minerals, con sede en Toronto. Las demandas refieren a la violación sexual de un grupo de once mujeres durante un desalojo forzoso en 2007, y el asesinato a tiros en 2009 de Adolfo Ich Chamán y paralisis de German Choc. Se está litigando el caso en una corte de la provincia de Ontario, Canadá y marcan la primera vez que las cortes canadienses admiten un caso en contra de una empresa matriz por presuntos abusos por parte de su empresa filial en la extranjera.

Comunicado del CPO: El Consejo de los Pueblos Mayas y Xinca, denuncian al estado de Guatemala ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos


Porque la Corte de Constitucionalidad, mediante sentencia emitida el 28 de febrero de 2013, resolvió sin lugar la acción de inconstitucionalidad planteada en contra de la Ley de Minería el 12 de marzo de 2012.



Dicha sentencia incurrió al Estado de Guatemala en responsabilidad internacional al dejar vigente la Ley de Minería; no obstante la obligación internacional del Estado de garantizar el ejercicio efectivo de nuestros derechos políticos de participación, consulta y consentimiento en materia legislativa.



Los derechos humanos colectivos e individuales que han sido violentados por el Estado de Guatemala incluyen:



a. Derechos políticos ―derechos de participación, consulta y consentimiento―, reconocidos en el artículo 23.1.a de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (la Convención).


b. Derecho de igualdad ante la ley, reconocido en el artículo 24 de la Convención.


c. Derecho a las garantías judiciales y protección judicial ―derecho de acceso a la justicia―, reconocido en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención. En relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención.



Con base en la descripción de hechos y la enunciación de los derechos violentados, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitamos:



a. Que proceda al análisis de nuestro caso y que requiera al Estado de Guatemala las observaciones pertinentes.


b. Que emita el respectivo informe de admisibilidad.


c. Que determine la responsabilidad del Estado de Guatemala como violador de los artículos 23.1.a, 24, 8.1 y 25.1, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, a través de la emisión de un informe de fondo.